Ingreso mínimo vital: cómo solicitarlo paso a paso

El ingreso mínimo vital es una prestación destinada a garantizar unos ingresos mínimos a personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. Descubre cómo comprobar si tienes derecho a él y solicitarlo a través del enlace oficial de la Seguridad Social.

Cómo solicitar el ingreso mínimo vital paso a paso:

Paso 1. Comprueba si cumples los requisitos: Antes de solicitarlo, utiliza el simulador oficial de la Seguridad Social para saber si tu situación te da derecho al ingreso mínimo vital.

Paso 2. Accede al portal oficial: Entra en la página oficial de la Seguridad Social para iniciar la solicitud, ya sea de forma individual o como unidad de convivencia.

Paso 3. Identifícate: Puedes acceder mediante: Cl@ve Permanente o Cl@ve Móvil. Certificado digital. DNI electrónico.

Paso 4. Rellena el formulario de solicitud: Indica los datos de todos los miembros de la unidad de convivencia, ingresos, patrimonio y situación de vulnerabilidad. Si solicitas en nombre de una unidad de convivencia, la solicitud debe estar firmada por todos los integrantes mayores de edad.

Paso 5. Adjunta la documentación necesaria: Sube los documentos que se te soliciten (DNI, libro de familia, certificado de empadronamiento, entre otros).

Paso 6. Envía la solicitud y haz seguimiento: Recibirás un justificante de presentación. El plazo máximo de resolución es de 6 meses; si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo.

¿Qué es el ingreso mínimo vital?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica no contributiva gestionada por la Seguridad Social en España cuyo objetivo es garantizar un nivel mínimo de ingresos a personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.

La cuantía no es fija: depende de cuántas personas forman la unidad de convivencia y de si hay menores o situaciones especiales, ya que lo que se cobra es la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos reales. En 2026, la cuantía para una persona sola sube a 733,60 €/mes.

Para acceder a la prestación se debe cumplir un requisito de vulnerabilidad económica: este se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior es inferior en al menos 10 euros a la cuantía mensual garantizada según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. También existe un límite de patrimonio: no se considera en situación de vulnerabilidad económica a la persona beneficiaria individual titular de un patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, igual o superior a tres veces la renta garantizada para una persona individual, lo que en 2026 equivale a 26.409,60 euros.

En cuanto a la unidad de convivencia, los titulares que soliciten la prestación en su nombre deben tener al menos 23 años, aunque también pueden hacerlo los mayores de edad o menores emancipados que tengan hijos o menores a su cargo en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

En abril de 2026 entraron en vigor cambios normativos relevantes: ya no es necesario acreditar seis meses de residencia en el mismo domicilio cuando alguien se incorpora o sale de la unidad de convivencia, y la Seguridad Social puede actualizar de oficio la cuantía de la prestación sin necesidad de que el beneficiario lo solicite.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se cobra el ingreso mínimo vital? Se cobra en 12 pagas mensuales mediante transferencia bancaria, normalmente a partir del día 1 de cada mes, aunque el plazo exacto depende de la entidad bancaria.

¿Desde cuándo se genera el derecho al cobro si me lo aprueban? Si la solicitud es aprobada, el derecho al cobro se genera desde el mes siguiente a la fecha de presentación.

¿Puedo solicitarlo presencialmente? Sí, puedes pedir cita previa en una oficina de la Seguridad Social, o bien tramitarlo online a través de la Sede Electrónica.

¿Es compatible el IMV con tener un trabajo? Sí, el IMV es compatible con los ingresos del trabajo, aunque su cuantía se ajusta según los ingresos totales de la unidad de convivencia.

¿Qué pasa si tengo otra pensión reconocida? El importe del IMV no podrá superar la diferencia entre la renta garantizada y el importe de la pensión o pensiones ya reconocidas, si estas son inferiores a dicha renta garantizada.

Consejos útiles

  • Usa siempre el simulador oficial antes de presentar la solicitud, ya que te permite comprobar de forma rápida y gratuita si cumples los requisitos.
  • Ten preparada toda la documentación de tu unidad de convivencia (DNI, libro de familia, certificado de empadronamiento) antes de iniciar el trámite online.
  • Si formas parte de una unidad de convivencia, recuerda que la solicitud debe ir firmada por todos los miembros mayores de edad.
  • Revisa periódicamente tu situación, ya que desde 2026 la Seguridad Social puede actualizar de oficio la cuantía si cambian tus circunstancias.
  • Si tu solicitud es denegada, puedes presentar una reclamación previa dentro del plazo establecido antes de acudir a la vía judicial.